Por unanimidad
(75 votos a favor) el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de Ley N.º 288/2011-CR,
de autoría del Congresista Marco Falconí Picardo, que garantiza la protección
de la inviolabilidad del domicilio y modifica los artículos 202 y 204 del
Código Penal, la primera disposición final del Código Procesal Penal y pone en
vigencia su artículo 311 sobre la usurpación y el desalojo preventivo.
Durante la
sustentación el Congresista Falconí sostuvo que las usurpaciones son comunes en
nuestro país y muchas veces se producen los fines de semana largo.
Indicó que es
fundamental se incluya a la forma agravada las usurpaciones a monumentos arqueológicos
o históricos, declarados por el Instituto Nacional de Cultura.
De igual forma
incluir, en la forma agravada, a los sujetos activos que aprovechan su
condición de funcionario o servidor público y sancionar con pena privativa de
libertad no menor de ocho ni mayor de doce años cuando el sujeto activo sea
cabecilla, líder, organizador, dirigente o representante de los usurpadores.
Ver proyecto: http://www2.congreso.gob.pe/sicr/tradocestproc/Expvirt_2011.nsf/visbusqptramdoc/00288?opendocument
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