El presidente de
la Comisión de Vivienda y Construcción, Dr. Marco Falconí Picardo, sostuvo que
la reciente norma aprobada por el pleno del Congreso, con 109 votos a favor,
plantea regular tres aspectos que permitirán ordenar las ciudades y brindar a
la población espacios adecuados para su desarrollo.
Durante la
sustentación del dictamen, el Dr. Falconí indicó que la norma efectúa algunas
precisiones a la ley vigente de habilitaciones urbanas y edificaciones, regula
el procedimiento para habilitaciones urbanas de oficio y establece un plazo
excepcional para la regularización de edificaciones sin licencia o sin
conformidad de obra después de julio de 1999.
Con relación al
primer punto, dijo que en el artículo 2 se excluye de los alcances del silencio
administrativo positivo a la habilitación urbana de oficio, ya que es la propia
administración municipal quien ejecutaría el procedimiento. Asimismo, indicó
que en el artículo tercero se incorpora dentro de los aportes obligatorios para
las habilitaciones urbanas el aporte para salud.
Sobre regular el
procedimiento de habilitaciones urbanas de oficio, precisó que con la norma se
modifica el artículo 4 de la ley 29090 y se incorporan los artículos 24A, 24B y
24C. “Esta modificación regula todas las habilitaciones urbanas de predios
rústicos que tiene vocación urbana, que cuentan con todos los servicios y que
es importante que tenga una regulación especial, ya que este problema se
presenta en todo el país”, argumentó el Presidente de la Comisión de Vivienda.
Finalmente,
explicó que las edificaciones sin licencia, ejecutadas con anterioridad a la
ley 29090, después de julio de 1999 hasta el 27 de setiembre de 2008, de
acuerdo a esta ley, podrán ser
regularizadas hasta el 31 de diciembre de 2013.
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